No infracción, adición de materia y falta de actividad inventiva: las razones por las que Lidl ha ganado a Thermomix

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El 13 de enero la Audiencia de Barcelona ha dictado la sentencia del recurso que Lidl había interpuesto contra Vorwerk (titular de la marca Thermomix) en relación a la comercialización de su robot de cocina. En la decisión, el tribunal ha declarado la nulidad de la patente española ES 2 301 589 (validación de la patente europea EP 1 269 898) que lleva como título “Máquina de cocina” y que es titularidad de Vorwerk. Además, en el texto se ha ido un paso más allá y se dice textualmente que “tiene razón la recurrente cuando afirma que, incluso en el caso de que el título fuera válido, no existiría infracción”.

Esta sentencia supone un giro de 180º con respecto al fallo que hace ahora un año -el 19 de enero de 2021- dictaba el juzgado mercantil nº5 de Barcelona, en el que, por el contrario, se declaraba que Lidl había violado los derechos de exclusiva de Vorkerk con su máquina Monsieur Cuisine Connect y le condenaba a cesar en su comercialización, a destruir todos los ejemplares que tuviera en su poder o en el de sus distribuidores y a indemnizar a Thermomix.

En ambos juicios ha participado como perito de Lidl nuestro compañero Fernando Prieto, Agente Europeo de Patentes y socio en el Departamento de Ingeniería y Física de ABG Intellectual Property, y así lo recoge mencionándolo en numerosas ocasiones la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona.

Causas de la nulidad de la patente de la Thermomix

En la sentencia reciente, los magistrados de la Audiencia de Barcelona consideran que la patente de Vorwerk es nula por varias razones que veremos a continuación.

Adición de materia relacionada con el dispositivo de pesada

Al comparar la solicitud de patente y el título concedido se observa un contenido diferente en la reivindicación 1 como consecuencia de modificaciones realizadas durante la tramitación por parte de la titular. Dicha materia está relacionada con el control del dispositivo de pesada que forma parte del electrodoméstico.

Tales modificaciones, según la Audiencia Provincial de Barcelona, suponen una adición de materia porque

no puede considerarse implícita sino que debería haberse explicitado en la solicitud”.

“Por consiguiente, estimamos que debe prosperar este primer ataque de nulidad por ampliación de materia, lo que determina la nulidad de R1 y con ella de todo el título.”

Falta de actividad inventiva sobre el sistema de seguridad del vaso de agitación

Lidl aportó varios documentos para tratar de demostrar la falta de actividad inventiva de la patente de Thermomix en lo relacionado con el sistema que impide actuar dentro del vaso de agitación cuando está en funcionamiento.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona entra a valorar tanto el estado de la técnica más próximo a fecha de depósito de la solicitud de la patente europea, como la obviedad de la invención para un experto en la materia a la vista de esos documentos y concluye que “no existe actividad inventiva”.

De no ser nula la patente, ¿la habría infringido Lidl?

A pesar de que la nulidad de la patente haga innecesario entrar a examinar la infracción, la Audiencia Provincial de Barcelona decide analizarlo en su decisión.

La discrepancia se centra en si en el producto de la demandada el vaso de agitación y la tapa pueden ser enclavados de tal manera que no sea posible una intervención dentro del vaso de agitación durante el funcionamiento”, resume el tribunal.

Según Fernando Prieto, de la patente de Vorwerk se entiende que para poder intervenir en el vaso es necesario detener previamente el funcionamiento del mecanismo agitador, mientras que el titular sostiene que al desenclavar la tapa se desactiva el interruptor y deja de suministrar energía el mecanismo agitador.

Creemos que de esas dos interpretaciones del título la que mejor se acomoda a la descripción es la que hace la demandada”, recoge la resolución, donde se añade “en el robot de cocina de Lidl la tapa se puede abrir sin necesidad de ninguna acción previa

Algo que no ocurre en el producto resultante de la patente de Thermomix y, por tanto, a criterio de la Audiencia Provincial de Barcelona, “no existe infracción”.

“La conclusión a la que llegamos es que no existe infracción porque el robot de cocina de la demandada no reproduce esa secuencia necesaria para que se pueda intervenir con seguridad en el vaso de agitación. En el robot de cocina de Lidl la tapa se puede abrir sin necesidad de ninguna acción previa, es decir, sin necesidad de detener previamente el mecanismo agitador y es esa apertura o desenclavamiento de la tapa por medio de un pequeño giro sobre su eje la que determina la detención del mecanismo agitador, si bien no de forma inmediata. Así se deriva de lo declarado por el perito Sr. Prieto durante la vista y así se deduce de los videos aportados a las actuaciones por los propios peritos de la parte actora en los que puede observarse que la tapa se puede abrir por medio de un pequeño giro sobre su eje, con la consecuencia de que se detiene el mecanismo agitador y se puede acceder al vaso mientras aún el mismo se encuentra enclavado”

Posibilidad de recurso

Contra la resolución de la Audiencia Provincial las partes pueden interponer recurso de casación y/o extraordinario por infracción procesal ante el Tribunal Supremo, por lo que habrá que esperar para saber si Lidl y Vorwerk se enfrentan por tercera vez.

 

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