El lunes 10 de mayo, se ha publicado en el BOE un extracto de la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior para el año 2021.
Estas ayudas tienen, fundamentalmente, dos grandes objetivos:
- por una parte, estimular la protección internacional de la tecnología de origen español a través de las patentes o de modelos de utilidad y, más concretamente, mejorar la competitividad de aquellas empresas que, domiciliadas en España, emprenden la búsqueda de mercados fuera de España, en particular de las pequeñas y medianas empresas (PYMES), personas físicas, gran empresa privada e institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.
- por otra parte, fomentar la protección en España de las invenciones a través de patentes o de modelos de utilidad tanto de las PYMES como de las personas físicas domiciliadas en España.
¿Qué gastos de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad son subvencionables?
Protección internacional
En el caso de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior, los gastos subvencionables son los realizados desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020:
- Las principales tasas oficiales asociadas con la protección de invenciones de origen español mediante patente o modelo de utilidad en el exterior ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes (como la EPO)
- Las principales tasas oficiales asociadas con la protección de invenciones de origen español en el exterior dentro del procedimiento internacional PCT
Protección en España
Los gastos subvencionables son los relativos a solicitudes de patente o de modelos de utilidad, exámenes sustantivos e Informes sobre el Estado de la Técnica de solicitudes de patentes que hayan sido publicados en el BOPI, durante los años 2018, 2019 y 2020 (también los Informes sobre el Estado de la Técnica de modelos de utilidad para los que se haya dado traslado del mismo al solicitante en ese mismo periodo), siempre que no hayan recibido subvención en las convocatorias anteriores de estas ayudas.
NO son subvencionables
- Las validaciones de patentes europeas en España
- Las entradas en fase nacional en España de solicitudes internacionales PCT
- A diferencia de ocasiones anteriores, en esta convocatoria NO se subvenciona ningún coste de traducción
Importe de la subvención
La subvención podrá alcanzar hasta el 90 % en caso que el solicitante sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME) o se trate de una persona física y el 80% para el resto.
En cualquier caso, el importe máximo individualizado de las ayudas concedidas no podrá ser superior a 60.000 euros por solicitante, salvo en el caso de las PYMES o personas físicas, en que el importe máximo individualizado será de 65.000 euros.
¿Quién puede solicitarlas?
Los beneficiarios de estas subvenciones serán aquellas personas titulares de solicitudes de patente o modelos de utilidad con residencia y domicilio fiscal en España que reúnan uno de los siguientes requisitos:
- Para solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior (nacionales de países terceros, regionales o PCT): persona física, PYME, gran empresa privada o institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público
- Para solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: persona física o PYME
¿Cómo se solicitan las ayudas para las solicitudes de patentes y modelos de utilidad?
Los solicitantes/titulares de patentes o modelos de utilidad deben rellenar el modelo de solicitud a través de la sede electrónica de la OEPM https://sede.oepm.gob.es.
El plazo termina el 10 de junio de 2021.
Información oficial
La OEPM también ha habilitado un teléfono y un correo electrónico para poder resolver cualquier consulta relacionada con estas subvenciones:
Teléfono: 902 157 530 / 910 780 780
Correo Electrónico: ayuda.subvenciones@oepm.es